Skip to main content

Este año también nos quedamos sin simulador de renta de la AEAT

Siguiendo la misma línea que el año pasado, la AEAT no sacará el simulador de renta para el ejercicio 2016, y esto a pesar de que otras Administraciones, como la de Navarra, sí lo ha publicado en su página web dejándolo a disposición de sus contribuyentes.

Es obvio que para cualquiera es importante tener previsto y conocer cuáles son las operaciones o situaciones que tienen impacto fiscal en la base imponible a declarar durante el ejercicio 2016 y cual será la tributación aplicable.

Si bien es cierto que los cambios de tipos con respecto al ejercicio 2015 no son excesivamente significativos, sí puede cambiar nuestra situación al haberse producido algún suceso que no se repita cíclicamente, como por ejemplo, una compraventa de un inmueble o de acciones con beneficios, lo que supondría un incremento del importe a tributar.

La escala general de tipos a aplicar a la base liquidable general 2016 es la siguiente:

Cuadro publicado por la AEAT

Base liquidable

Tipo Estatal

aplicable

Tipo autonómico

*aplicable

Tipo Total

Euros

Porcentaje

Porcentaje

Porcentaje

Hasta               12.450,00

9,50

9,50

19,00

Los siguientes  7.750,00

12,00

12,00

24,00

Los siguientes 15.000,00

15,00

15,00

30,00

Los siguientes 24.800,00

18,50

18,50

37,00

En adelante

(a partir de 60.000 euros)

22,50

22,50

45,00

(*) Téngase en cuenta que en la columna de “tipo autonómico” figuran los tipos aplicables a los contribuyentes por IRPF que no residen en España (art. 65). Los contribuyentes que residen en España deberán sustituirlos por la escala que haya aprobado la Comunidad Autónoma en que tengan su domicilio fiscal (art 74.1.1º) . (Modificación del artículo 63 de la LIRPF)
Atendiendo a estas circunstancias es muy importante hacer un estudio previo y realizar una adecuada planificación antes del cierre para evaluar la tributación a la que estaremos sometidos, valorando opciones adicionales a la socorrida aportación al plan de pensiones, que si bien es cierto es una opción para bajar la tributación del ejercicio fiscal, no debe olvidarse que las cantidades aportadas tendrán que tributar en el momento del rescate.
Por último, indicar que la AEAT tiene previsto que en poco tiempo desaparezca el Programa Padre sustituyéndolo por el llamado RentaWeb que es una aplicación de gestión totalmente online. Esta nueva aplicación multiplataforma ya estaba disponible para el ejercicio 2015, salvo para los contribuyentes que obtenían rentas de actividades económicas.

simulador renta