Skip to main content

La justicia se moderniza

Ya se sabe que la Justicia es parsimoniosa. Sus tiempos no son como los del resto de la sociedad y los procesos se dejan macerar con paciencia, sin prisa y con pausas. Del mismo modo, los avances de la Administración de Justicia en el camino de la tecnología han sido siempre avances discretos, pequeños pasos inseguros y titubeantes como los del niño que aprende a andar.

Cuando en el año 1983 entré por primera vez en el edificio de los Juzgados de Plaza de Castilla, las máquinas más modernas que entonces había en esa casa eran las fotocopiadoras. Solo había una por cada piso, compartida por todos los Juzgados de la misma planta y, por supuesto, no escaneaban ni funcionaban en red; solo hacían fotocopias, que no era poca cosa.

Las máquinas de escribir eran manuales: las Olivetti Lexicon 80 y, en el mejor de los casos, las Línea 98. El papel de calco era la mejor manera (en muchas ocasiones, la única) de obtener copias de lo que se escribía. El teléfono ya se conocía, aunque solamente había uno en cada secretaría, compartido por diez o doce funcionarios, y el fax ni estaba, ni se le esperaba.

Los avances fueron llegando muy poco a poco. El fax, las máquinas de escribir electrónicas, que tenían una memoria capaz de almacenar toda una línea de texto completa, y por fin, ya casi en los 90 y muy poquito a poco, el ordenador.

En 1994, en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid solamente una de sus nueve secciones contaba con ordenador: un servidor de metro y medio de alto, con diez o doce terminales “tontos”, por supuesto sin conexión a internet y sin más funciones que el tratamiento de textos y el almacenamiento de datos. En esa misma Sala y en ese mismo año solamente había un fax. Por aquel entonces, la Decana Manuela Carmena, revolucionaba los Juzgados de Madrid poniendo los medios para que los Jueces pudieran conectarse vía internet con la biblioteca para consultar bases de datos de legislación y jurisprudencia. Sí. Aunque los intervinientes en un reciente debate puedan negarlo, en 1994 ya existía internet.

Estos avances han sido siempre torpes y complicados. Por algún motivo probablemente ligado a la economía, los sistemas informáticos desarrollados e implantados en Justicia han sido tradicionalmente desastrosos. Ya hemos apuntado cómo los primeros sistemas informáticos puestos en marcha solo permitían el tratamiento de textos y el registro de los asuntos del concreto órgano judicial en que estuviera el servidor. La gran estrella del final del milenio era el programa Libra, que comenzó su andadura en 1999 aspirando a convertirse en un sistema único para todos los órganos judiciales de España, y no solamente ocasionó grandes quebraderos de cabeza a los usuarios por su lentitud, la complejidad de su uso y los numerosos errores que contenía, sino que nunca llegó a ser un sistema único, puesto que cada Comunidad Autónoma desarrolló el suyo propio.

La última estrella tecnológica que nos sirve el Ministerio de Justicia es LexNET, una plataforma para que los órganos judiciales notifiquen sus resoluciones a los profesionales y éstos puedan presentar sus escritos. A partir del 1 de enero de 2016 todos los profesionales (abogados, procuradores y otros) estaremos obligados a comunicarse telemáticamente con los juzgados y tribunales, de manera que la pretensión es que desaparezcan de los órganos judiciales las habituales torres de expedientes que decoran las mesas, el suelo, los pasillos, las estanterías…

Pero como todo en la Administración de Justicia, LexNET viene despacio y con dificultades. Una vez desarrollado el sistema por el Ministerio de Justicia, fue aprobado por el Pleno del Consejo del Poder Judicial en septiembre de 2005, pero hasta febrero de 2007 no se aprobó un Real Decreto que ordenó su implantación. A partir de entonces se fue aplicando primero con carácter experimental y después de forma generalizada en algunas ciudades elegidas como pioneras; y solo debía ser utilizado por los procuradores, no por los abogados. Ha sido necesario esperar hasta 2016 para que la implantación sea total (al menos, eso esperamos). Y pese a haber tenido tan largo rodaje, llega con las habituales disfunciones y dificultades para los usuarios. Por ejemplo:

  1. Para acceder a la plataforma es preciso contar con una firma electrónica con tarjeta. Hace ya bastantes años que uno puede comunicarse con la Agencia Tributaria utilizando un certificado digital de los que pueden ser instalados en cualquier ordenador y que no precisan lector de tarjetas. Sin embargo, para comunicarse con la Administración de Justicia no sirve cualquier certificado electrónico, sino que se debe contar con tarjeta (puede ser el carnet del Colegio de Abogados, o el DNI electrónico) y con el correspondiente lector de tarjetas, además de los certificados correspondientes.
  2. No sirve cualquier navegador para utilizar LexNET, ni sirve cualquier sistema operativo. Aunque teóricamente el Ministerio atribuye a este sistema una amplia compatibilidad, lo cierto es que Windows XP plantea dificultades; Google Chrome o Microsoft Edge están dando problemas. Hay que utilizar necesariamente Internet Explorer, o Mozilla Firefox; pero tampoco sirve cualquier versión de este último. Como se ve, todo son facilidades técnicas.
  3. Para la presentación de escritos, se deberán cumplimentar una serie de campos con datos del presentador, del órgano judicial de destino y del procedimiento; pero, además, debe acompañarse un índice en formato pdf con los mismos datos que se deben rellenar en esos campos, lo que complica y ralentiza la labor.
  4. El peso de los documentos que pueden presentarse está muy limitado, de manera que no puede exceder de 10 MB.
  5. Un Reglamento publicado recientemente (el día 1 de diciembre) permite que un abogado pueda sustituir a otro o un procurador a otro, para la presentación de escritos y la recepción de notificaciones, lo que parece una idea inteligente que permitirá a los profesionales disfrutar de algunos días seguidos de vacaciones. Sin embargo, las mentes pensantes del Ministerio han decidido admitir la sustitución solamente para presentar los escritos pero se exige que esos escritos hayan sido firmados antes electrónicamente por el abogado y el procurador titulares, lo que deja reducida a la nada la posibilidad de sustitución.

En definitiva, la Justicia se moderniza como se ha modernizado siempre: a muchos años de distancia de la sociedad; en su mundo propio, inaccesible e incomprensible para el común de los mortales y con la torpeza propia de quien no pone el menor interés en que las cosas salgan bien. Solamente cabe esperar que la implantación generalizada del sistema no provoque demasiados errores y que alguien haya previsto que a partir de enero habrá miles de personas accediendo simultáneamente a la plataforma; ¿es mucho esperar?


Escrito por Ramón Gutiérrez, Socio, Director del Área Procesal en Adarve Abogados

Lexnet, Procesal